Partes:
In re: Miguel A. Ponce Ponce
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional – Suspensión inmediata de la abogacía y la notaría por incumplir con requerimientos de la Oficina de Inspección de Notarías y del Tribunal
Número de Caso:
TS-7169
Año:
2014
Fecha:
6 de marzo de 2014
El Tribunal Supremo de Puerto Rico ordenó la suspensión inmediata e indefinida del Lcdo. Miguel A. Ponce Ponce del ejercicio de la abogacía y la notaría. Esta medida disciplinaria se fundamenta en el incumplimiento del letrado con los requerimientos del Tribunal y de la Oficina de la Procuradora General. El licenciado Ponce no respondió a múltiples comunicaciones ni a una orden final del Tribunal relacionadas con quejas de conducta profesional impropia. El caso consolida dos procedimientos disciplinarios pendientes contra él. La decisión fue emitida el 6 de marzo de 2014. La suspensión se hizo efectiva el 19 de marzo de 2014, fecha en que se le notificó al abogado. El Tribunal reitera la importancia de atender los requerimientos de los organismos encargados de investigar posibles violaciones éticas.
| In re: | |
|---|---|
| 2014 TSPR 42 | |
| Miguel A. Ponce Ponce | 190 DPR |
| Número del Caso: TS-7169 |
Fecha: 6 de marzo de 2014
Oficina de Inspección de Notarías: Lcdo. Manuel Ávila de Jesús Director
Materia: Conducta Profesional- La suspensión será efectiva el 19 de marzo de 2014 fecha en que se le notificó al abogado de su suspensión inmediata.
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace com...
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