Partes:
In re: Carmen Cardona Rodríguez
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional: Suspensión inmediata e indefinida del ejercicio de la abogacía y notaría por craso incumplimiento con la Ley Notarial de Puerto Rico.
Número de Caso:
TS-6202
Año:
2017
Fecha:
27 de junio de 2017
El Tribunal Supremo de Puerto Rico atendió el caso de la Lcda. Carmen Cardona Rodríguez, abogada y notaria. La Oficina de Inspección de Notarías solicitó la incautación cautelar de su obra notarial tras una queja del Secretario de Justicia. Durante el proceso de incautación en 2014, se descubrió que la notaria residía fuera de Puerto Rico desde 2011. La ODIN informó sobre serias deficiencias en su obra, incluyendo la omisión de tres tomos de su Libro de Registro de Testimonios y una deuda arancelaria preliminar de $46,300.50. También se señalaron otras faltas como omisión de instrumentos y firmas. En febrero de 2015, el Tribunal ordenó a la licenciada entregar los tomos faltantes y corregir las deficiencias, particularmente el pago de la deuda, en un plazo de treinta días. El asunto de la deuda fue referido al Departamento de Justicia. La suspensión de la notaria es efectiva a partir del 5 de julio de 2017.
| In re: | |
|---|---|
| 2017 TSPR 125 | |
| Carmen Cardona Rodríguez | 198 DPR |
Número del Caso: TS-6202
Fecha: 27 de junio de 2017
Abogado de la parte promovida: Lcdo. Carlos S. Dávila Vélez
Oficina de Inspección de Notarías: Lcdo. Manuel E. Avila de Jesús Director
Materia: La suspensión será efectiva el 5 de julio de 2017, fecha en que se le notificó al abogado de su suspensión inmediata.
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