Partes:
In re Humberto Mercado Montenegro
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional – Suspensión inmediata y preventiva del ejercicio de la profesión legal conforme la Regla 15(e) del Reglamento del Tribunal Supremo
Número de Caso:
TS-6109
Año:
2016
Fecha:
9 de septiembre de 2016
El Tribunal Supremo de Puerto Rico, mediante decisión PER CURIAM, ordena la suspensión del Lcdo. Humberto Mercado Montenegro del ejercicio de la abogacía. Esta acción se fundamenta en la Regla 15 del Reglamento del Tribunal, diseñada para asegurar que los abogados estén mentalmente aptos para ejercer. Las preocupaciones sobre la capacidad del letrado surgieron de una inspección de su obra notarial realizada por la Oficina de Inspección de Notarías (ODIN). La ODIN reportó deficiencias significativas en su trabajo y un comportamiento que indicaba desorientación y falta de comprensión de sus deberes notariales. El abogado no recordaba haber autorizado instrumentos ni dónde los conservaba, y no estaba consciente de las gestiones necesarias para subsanar faltas. Ante esta situación, la ODIN solicitó la incautación cautelar de su obra y la iniciación de un procedimiento para determinar su aptitud. El Tribunal concluye que la suspensión es necesaria para proteger al público y la integridad de la profesión. La suspensión es efectiva a partir del 21 de septiembre de 2016, fecha en que fue notificado a través de su tutor legal.
| In re: | |
|---|---|
| 2016 TSPR 203 | |
| 196 DPR | |
| Humberto Mercado Montenegro |
Número del Caso: TS-6109
Fecha: 9 de septiembre de 2016
Abogado del Lcdo. Humberto Mercado Montenegro: Lcdo. Humberto Mercado Gotay Tutor Legal Programa de Educación Jurídica Continua: Lcda. Geisa M. Marrero Martínez Directora Ejecutiva Oficina de la Procuradora General: Lcda. Tanaira Padilla Rodríguez Subprocuradora General Lcda. Minnie H. Rodríguez López Procuradora General Auxiliar
Comisionado Especial: Lcdo. Carlos S. Dávila Vélez
Materia: Conducta Profesional - La suspensión será efecti...
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