Partes:
In re: Rafael Doitteau Cruz
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional – Suspensión provisional de la abogacía por comisión de delitos que implican depravación moral
Número de Caso:
TS-5827
Año:
2014
Fecha:
29 de abril de 2014
El Tribunal Supremo de Puerto Rico ordena la suspensión provisional del Lcdo. Rafael Doitteau Cruz. Esta acción se basa en que un jurado lo encontró culpable de cuatro delitos graves. Los delitos incluyen tres cargos de actos lascivos y uno de actos lascivos e impúdicos, cometidos contra un menor de edad. El propio licenciado Doitteau Cruz informó al Tribunal sobre el veredicto y solicitó su suspensión. La Procuradora General también pidió la suspensión provisional, argumentando que los delitos implican depravación moral. El Tribunal ejerce su facultad inherente para reglamentar la abogacía y suspender a profesionales no aptos. La suspensión es de carácter provisional y será efectiva una vez que la sentencia del foro primario advenga final y firme.
| In re: | |
|---|---|
| 2014 TSPR 65 | |
| Rafael Doitteau Cruz | 190 DPR |
Número del Caso: TS-5827
Fecha: 29 de abril de 2014
Abogados de la Parte Querellada:
Lcdo. Hiram Morales Lugo Lcdo. Jaime Santos Santiago
Oficina de la Procuradora General:
Lcda. Karla Pacheco Álvarez Subprocuradora General Lcda. María C. Ortiz Toral Procuradora General Auxiliar
Materia: La suspensión será efectiva una vez advenga final y firme la Sentencia conforme la Regla 45 del Reglamento del Tribunal Supremo sobre reconsideración.
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo q...
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