Partes:
In re: José Raúl Méndez Marrero
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional – Suspensión inmediata e indefinida de la abogacía por incumplir los requisitos del Programa de Educación Jurídica Continua
Número de Caso:
TS-4876
Año:
2015
Fecha:
10 de abril de 2015
El Tribunal Supremo de Puerto Rico ordenó la suspensión del Lcdo. José Raúl Méndez Marrero del ejercicio de la abogacía. La suspensión se fundamenta en su incumplimiento con los requisitos del Programa de Educación Jurídica Continua (PEJC) para el período de 2007 a 2009. A pesar de recibir un aviso de incumplimiento en 2009 y ser citado a una vista informal, el abogado no tomó los cursos adeudados ni compareció. Posteriormente, la Directora del PEJC informó al Tribunal sobre el incumplimiento. El Tribunal le concedió 20 días para mostrar causa por la cual no debía ser suspendido, pero el letrado no respondió a dicha resolución. La decisión destaca la obligación de los abogados de mantener su competencia profesional mediante educación continua, según el Canon 2 del Código de Ética Profesional. La suspensión será efectiva a partir del 14 de abril de 2015.
| In re: | |
|---|---|
| 2015 TSPR 68 | |
| José Raúl Méndez Marrero | 192 DPR |
Número del Caso: TS-4,876
Fecha: 10 de abril de 2015
Programa de Educación Jurídica Continua: Lcda. Geisa Marrero Directora Ejecutiva
Materia: Conducta Profesional- La suspensión del abogado será efectiva el 14 de abril de 2015, fecha en que se depositó en el correo la notificación de su suspensión inmediata.
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribu...
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