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Casos/Tribunal Supremo/TS-3835

COLEGIO DE ABOGADOS V. MARGARITA DAVILA TELLADO

Tribunal Supremo

Información del Caso

Partes:

COLEGIO DE ABOGADOS V. MARGARITA DAVILA TELLADO

Ponente:

—

Materia:

—

Detalles Técnicos

Número de Caso:

TS-3835

Año:

2000

Fecha:

4 de diciembre de 2000

Resumen

El Tribunal Supremo de Puerto Rico considera el caso de la abogada Margarita Dávila Tellado, a raíz de una moción informativa del Colegio de Abogados. La querella se centra en la falta de pago de la prima de su fianza notarial, la cual venció en mayo de 1999. El Colegio de Abogados solicitó la cancelación de la fianza. En respuesta, el Tribunal emitió resoluciones en diciembre de 1999 y febrero de 2000. Dichas resoluciones requerían a la licenciada Dávila Tellado mostrar causa por el incumplimiento y la apercibían de una posible suspensión del ejercicio notarial y de la abogacía. No obstante, el alguacil del Tribunal no logró notificar las resoluciones. La imposibilidad de notificación se debió a que la información de contacto en el expediente estaba desactualizada o era incorrecta, incluyendo un apartado postal y números telefónicos inválidos. El Tribunal destaca que la abogada incumplió con su deber de notificar los cambios de dirección a la Secretaría del Tribunal Supremo. Este deber está establecido en la Regla 9(j) del Reglamento del Tribunal Supremo y en la Ley y Reglamento Notarial. Su falta de notificación impidió el debido proceso en relación con el pago de su fianza notarial.

Contenido del Caso

Colegio de Abogados de
Puerto Rico
Querellante
2000 TSPR 152
Margarita Dávila Tellado
Querellada

Número del Caso: TS-3835

Fecha: 04/octubre/2000

Colegio de Abogados de Puerto Rico: Lcdo. Israel Pacheco Acevedo Materia: Falta de pago en prima de fianza notarial

Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad.

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