Partes:
IN RE RAMIRO LUIS COLON NUÑEZ
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
TS-3501
Año:
1999
Fecha:
27 de octubre de 2001
El Lcdo. Ramiro Luis Colón Muñoz, abogado admitido en 1970, fue acusado y convicto en el Tribunal de Distrito Federal de Puerto Rico. En 1998, fue encontrado culpable de once cargos, incluyendo fraude bancario y falsificación. Se le impuso una sentencia de 21 meses de prisión, dos años de libertad supervisada y una multa de $20,000. En 1999, la Corte de Apelaciones del Primer Circuito Federal confirmó la convicción en cuanto a cinco cargos, incluyendo fraude bancario y dar declaraciones falsas en solicitudes de préstamos. El Procurador General informó al Tribunal Supremo de estos hechos y presentó la querella correspondiente. El Tribunal considera la sección 9 de la Ley de 11 de marzo de 1909, que establece que la convicción por un delito grave que implique depravación moral resulta en la cesación del ejercicio de la abogacía. El Tribunal Supremo determina que los delitos por los cuales el Lcdo. Colón Muñoz fue convicto son contrarios a la honradez y constituyen depravación moral.
| In re: | Querella |
|---|---|
| Ramiro Luis Colón Muñoz | 99 TSPR 174 |
Número del Caso: TS-3501 Fecha: 27/10/1999 Oficina del Procurador General: Lcda. Cynthia Iglesias Quiñones Abogados de la Parte Querellada: Por Derecho Propio Materia: Conducta Profesional
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En el Tribunal Supremo de Puerto Rico
In re:
Ramiro L...
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