Partes:
In re: Iván Pérez Sosa
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional- Suspensión inmediata e indefinida de la abogacía por incumplimiento con requerimientos del Tribunal
Número de Caso:
TS-3495
Año:
2009
Fecha:
27 de marzo de 2009
El Tribunal Supremo de Puerto Rico suspendió al Lcdo. Iván Pérez Sosa del ejercicio de la abogacía. La suspensión fue solicitada por el Colegio de Abogados debido a que el licenciado no pagó la cuota anual de colegiación. Previamente, el Tribunal le había concedido un término de veinte días para mostrar causa por la cual no debía ser suspendido. El licenciado Pérez Sosa no compareció ni satisfizo la deuda dentro del término concedido. El Tribunal determinó que el incumplimiento con esta obligación y con las órdenes judiciales demuestra indiferencia hacia los deberes mínimos de la profesión. Conforme a la ley y a la jurisprudencia previa, el Tribunal procedió a ordenar su suspensión. La suspensión es inmediata e indefinida. La efectividad de la suspensión se fijó para el 26 de junio de 2009, fecha de notificación al abogado.
| In re: | 2009 TSPR 107 |
|---|---|
| Iván Pérez Sosa | 176 DPR |
Número del Caso: TS-3495
Fecha: 27 de marzo de 2009
Colegio de Abogados de Puerto Rico: Lcdo. José M. Montalvo Trías Directora Ejecutivo
Materia: Conducta Profesional (Las suspensión será efectiva el 26 de junio de 2009, fecha en que se le notificó al abogado de su suspensión inmediata).
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