Partes:
In re: Jesús R. Moll Fariña
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional – Suspensión inmediata e indefinida de la abogacía por incumplir con requisitos de educación jurídica continua y con requerimientos del Tribunal Supremo (Canon 9 de Ética Profesional)
Número de Caso:
TS-3374
Año:
2015
Fecha:
24 de marzo de 2015
El Tribunal Supremo de Puerto Rico ordenó la suspensión indefinida del Lcdo. Jesús R. Moll Fariña del ejercicio de la abogacía. La decisión se basa en su incumplimiento con los requisitos del Programa de Educación Jurídica Continua (PEJC). El abogado no completó los créditos necesarios para el periodo 2007-2009 ni pagó la cuota por cumplimiento tardío. Ignoró los avisos de incumplimiento enviados por el PEJC. Tampoco compareció a una vista informal citada por el programa. Tras la remisión del caso al Tribunal Supremo, se le concedió un término de 20 días para comparecer y subsanar la deficiencia. Ante su indiferencia y falta de respuesta a los requerimientos del PEJC y del Tribunal, se dictaminó su suspensión. La suspensión será efectiva a partir del 3 de abril de 2015.
| In re: | |
|---|---|
| 2015 TSPR 32 | |
| Jesús R. Moll Fariña | 192 DPR _____ |
Número del Caso: TS-3374
Fecha: 24 de marzo de 2015
Programa de Educación Jurídica Continua:
Lcda. Geisa Marrero Directora Ejecutiva
Materia: Conducta Profesional - La suspensión será efectiva el 3 de abril de 2015, fecha en que se le notificó al abogado de su suspensión inmediata.
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución elec...
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