Partes:
In re: Eugenio Prado Rodríguez
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional – Suspensión indefinida del ejercicio de la profesión por incumplir requisitos del Programa de Educación Jurídica Continua
Número de Caso:
TS-3044
Año:
2014
Fecha:
21 de febrero de 2014
El licenciado Eugenio Prado Rodríguez incumplió con los requisitos del Programa de Educación Jurídica Continua (PEJC) para el periodo de marzo de 2007 a febrero de 2009. La Directora del PEJC informó sobre esta falta de cumplimiento. El licenciado fue notificado el 3 de abril de 2009, otorgándosele 60 días para completar los créditos pendientes y pagar una cuota por cumplimiento tardío. Al no cumplir con estos requisitos ni con el pago, el PEJC lo citó a una vista informal el 23 de diciembre de 2010. La citación advertía que la incomparecencia se entendería como renuncia y que el asunto podría ser referido al Tribunal Supremo. El documento detalla el proceso seguido por el PEJC ante la falta de respuesta y cumplimiento del abogado, lo que llevó a la posible suspensión indefinida de la profesión.
| In re: | 2014 TSPR 48 |
|---|---|
| Eugenio Prado Rodríguez | 190 DPR |
Número del Caso: TS-3044
Fecha: 21 de febrero de 2014
Programa de Educación Jurídica Continua: Lcda. Geisa Marrero Directora
Materia: Conducta Profesional- Suspensión indefinida de la profesión por incumplir con el Programa de Educación Jurídica Continua.
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