Partes:
In re: Fernando A. Villamil Higuera
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional – Suspensión inmediata e indefinida de la abogacía y la notaría por incumplir requisitos del Programa de Educación Jurídica Continua, no mantener sus direcciones actualizadas (Regla 9 j del Tribunal Supremo) e incumplir con requerimientos del Tribunal
Número de Caso:
TS-2025
Año:
2013
Fecha:
7 de mayo de 2013
El Tribunal Supremo de Puerto Rico ordenó la suspensión indefinida del Lcdo. Fernando A. Villamil Higuera del ejercicio de la abogacía y la notaría. La decisión se basa en el incumplimiento del licenciado con los requisitos del Programa de Educación Jurídica Continua. Específicamente, no cumplió con el programa durante el período del 1ro. de febrero de 2007 al 31 de enero de 2009. Además, el abogado ignoró los requerimientos del Tribunal y no respondió a un Aviso de Incumplimiento enviado en 2009. Tampoco compareció a una vista informal citada para diciembre de 2010 ni presentó un escrito alternativo. La Junta del Programa refirió el caso al Tribunal Supremo en octubre de 2012. Se constató que tampoco presentó evidencia de cumplimiento para el período 2009-2011. La correspondencia enviada a su dirección registrada fue devuelta. La suspensión es efectiva a partir del 8 de mayo de 2013.
| In re: | 2013 TSPR 61 |
|---|---|
| Fernando A. Villamil Higuera | 188 DPR |
Número del Caso: TS-2025
Fecha: 7 de mayo de 2013
Programa de Educación Jurídica Continua
Materia: Conducta Profesional - La suspensión será efectiva a partir del 8 de mayo de 2013, fecha en que se le notificó al abogado por correo.
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