Partes:
In re: Graciela Vázquez Lagomarsini
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional: Suspensión inmediata e indefinida del ejercicio de la abogacía y la notaría por incumplir con los requerimientos del Programa de Educación Jurídica Continua (PEJC) y con las órdenes del Tribunal Supremo.
Número de Caso:
TS-18872
Año:
2020
Fecha:
10 de noviembre de 2020
El Tribunal Supremo de Puerto Rico ejerce su facultad disciplinaria para suspender inmediata e indefinidamente a la Lcda. Graciela Vázquez Lagomarsini del ejercicio de la abogacía y la notaría. La suspensión se fundamenta en el incumplimiento de la letrada con los requisitos del Programa de Educación Jurídica Continua (PEJC) para el periodo del 1 de septiembre de 2014 al 31 de agosto de 2017. La Directora Ejecutiva del PEJC informó al Tribunal sobre la falta de cumplimiento de la licenciada. A pesar de recibir avisos y múltiples oportunidades para subsanar su incumplimiento y pagar la multa correspondiente, la abogada no cumplió con los requisitos reglamentarios. El Tribunal emitió una resolución previa solicitando a la letrada mostrar causa por la cual no debía ser suspendida. Ante la desidia y el incumplimiento continuo, el Tribunal procede con la suspensión. La suspensión es efectiva a partir del 10 de noviembre de 2020, fecha de su notificación.
| In re: | |
|---|---|
| Graciela Vázquez Lagomarsini | 2020 TSPR 139 |
| 205 DPR |
Número del Caso: TS-18,872
Fecha: 6 de noviembre de 2020
Sra. Graciela Vázquez Lagomarsini: Por derecho propio
Programa de Educación Jurídica Continua: Lcda. María C. Molinelli González Directora Ejecutiva
Materia: La suspensión será efectiva el 10 de noviembre de 2020, fecha en que se le notificó a la abogada de su suspensión inmediata.
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