Partes:
In re: Lourdes Santiago Rodríguez
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional – Suspensión inmediata e indefinida del ejercicio de la abogacía por incumplir con los requerimientos de este Tribunal y de la Oficina de Inspección de Notarías
Número de Caso:
TS-17-571
Año:
2016
Fecha:
7 de marzo de 2016
El Tribunal Supremo de Puerto Rico ordenó la suspensión inmediata e indefinida de la Lcda. Lourdes Santiago Rodríguez del ejercicio de la abogacía y la notaría. Esta acción disciplinaria se fundamenta en el incumplimiento de la abogada con los requerimientos del Tribunal y las normas éticas. Específicamente, la Oficina de Inspección de Notarías informó que la licenciada no remitió sus índices de actividad notarial ni mantenía la fianza requerida por ley. A pesar de las notificaciones de la ODIN, la notaria no atendió los requerimientos. En respuesta, el Tribunal ordenó la incautación preventiva de su obra protocolar y le requirió mostrar causa por la cual no debía ser suspendida indefinidamente. La licenciada fue notificada personalmente de esta orden, pero no compareció ni respondió. Por consiguiente, el Tribunal determinó imponer la suspensión, efectiva a partir del 10 de marzo de 2016.
| In re: | |
|---|---|
| 2016 TSPR 43 | |
| Lourdes Santiago Rodríguez | 194 DPR |
Número del Caso: TS-17,571
Fecha: 7 de marzo de 2016
Oficina de Inspección de Notarías: Lcdo. Manuel Ávila de Jesús Director
Materia: Conducta Profesional - La suspensión será efectiva el 10 de marzo de 2016, fecha en que se le notificó la abogada de su suspensión inmediata.
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