Partes:
In re: Carmen Camacho Hernández
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional – Suspensión inmediata e indefinida de la abogacía por incumplir con los requisitos del PEJC y requerimientos del Tribunal (Canon 9 de Ética Profesional); omisión de mantener al día sus datos personales en el Registro Único de Abogados y Abogadas
Número de Caso:
TS-15187
Año:
2013
Fecha:
13 de junio de 2013
El Tribunal Supremo de Puerto Rico suspende de forma inmediata e indefinida a la Lcda. Carmen Camacho Hernández del ejercicio de la abogacía. La decisión, emitida el 13 de junio de 2013, se fundamenta en el craso incumplimiento de la abogada con los requisitos del Programa de Educación Jurídica Continua. Se detalla que no completó las horas requeridas para el periodo 2007-2009, a pesar de haber sido notificada y haber pagado una cuota por cumplimiento tardío. Adicionalmente, la suspensión se basa en su indiferencia a los requerimientos del Tribunal y la omisión de mantener sus datos personales actualizados en el Registro Único de Abogados. La suspensión es efectiva a partir del 29 de agosto de 2013, fecha en que se le notificó de su suspensión inmediata. Este caso resalta la importancia del cumplimiento con la educación jurídica continua y las obligaciones registrales ante el Tribunal.
| In re: | 2013 TSPR 96 |
|---|---|
| 189 DPR | |
| Carmen Camacho Hernández |
Número del Caso: TS-15187
Fecha: 13 de junio de 2013
Programa de Educación Jurídica Continua: Lcda. Yanis Blanco Santiago
Materia: Conducta Profesional - La suspensión será efectiva el 29 de agosto de 2013, fecha en que se le notificó a la abogada de su suspensión inmediata.
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