Partes:
In re: Gennoll V. Hernández
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional – Suspensión inmediata e indefinida del ejercicio de la abogacía bajo la Regla 15 (e) del Tribunal Supremo (Separación preventiva por incapacidad mental)
Número de Caso:
TS-14138
Año:
2011
Fecha:
7 de abril de 2011
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una decisión (2011 TSPR 61) sobre el licenciado Gennoll V. Hernández Rodríguez. La decisión aplica la Regla 15 del Reglamento del Tribunal Supremo, que establece una presunción de incapacidad. Esta presunción se activa cuando un abogado no se somete a una evaluación siquiátrica ordenada por el Tribunal. El licenciado Hernández Rodríguez no cumplió con dicha orden. Como resultado, el Tribunal ordenó su separación preventiva inmediata del ejercicio de la abogacía. La decisión menciona una queja previa (AB 2007-249) presentada en 2007 por un cliente que alegó que el abogado no presentó una apelación prometida y se volvió inubicable. El abogado tampoco respondió a las notificaciones iniciales de la queja. La suspensión preventiva es efectiva a partir del 13 de abril de 2011.
In re:
2011 TSPR 61
Gennoll V. Hernández Rodríguez
181 DPR $\qquad$
Número del Caso: TS
Fecha: 8 de abril de 2011
Abogado del Querellado:
Por derecho Propio
Oficina del Procurador General Lcda. Minnie H. Rodríguez López Procuradora General Auxiliar
Colegio de Abogados: Lcda. Mady Pacheco Procuradora del Abogado
(a) , del Colegio de Abogados de P.R.
Materia: Conducta Profesional - La suspensión será efectiva el 13 de abril de 2011 fecha en que se le notificó al abogado de su suspensión inmediata.
Este documento constituye un documen...
Todo el contenido de Leyes, Casos y Reglamentos es siempre gratis.
Sin tarjeta de crédito