Partes:
In re: Richard Torres Estrada
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional – Suspensión inmediata e indefinida de la abogacía y la notaría por incumplir con los requisitos del Programa de Educación Jurídica Continua y con órdenes del Tribunal Supremo (Canon 9 de Ética Profesional)
Número de Caso:
TS-13631
Año:
2015
Fecha:
5 de junio de 2015
El Tribunal Supremo de Puerto Rico ejerció su facultad disciplinaria contra el Lcdo. Richard E. Torres Estrada. Se ordenó su suspensión inmediata e indefinida del ejercicio de la abogacía y el notariado. La decisión se fundamenta en el incumplimiento del licenciado con los requisitos del Programa de Educación Jurídica Continua (PEJC) para el período 2007-2009. A pesar de recibir un Aviso de Incumplimiento en 2009 con una extensión de 60 días, no completó los cursos ni pagó la cuota correspondiente. Posteriormente, fue citado a una Vista Informal en 2011, a la cual tampoco compareció. Su conducta demostró una desatención a los requerimientos del PEJC y a las órdenes del Tribunal. La suspensión es efectiva a partir del 11 de junio de 2015, fecha de su notificación.
| In re: | 2015 TSPR 76 |
|---|---|
| Richard E. Torres Estrada | 193 DPR |
Número del Caso: TS-13,631
Fecha: 5 de junio de 2015
Programa de Educación Jurídica Continua: Lcda. Geisa Marrero Martínez Directora Ejecutiva
Materia: Conducta Profesional- La suspensión del abogado será efectiva el 11 de junio de 2015, fecha en que se le notificó al abogado de su suspensión inmediata.
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución ...
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