Partes:
In re: Rosaura Rivera Trani
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional – Suspensión inmediata e indefinida de la abogacía y la notaría por incumplir con la Regla 9 (j) del Tribunal Supremo y los requisitos de educación jurídica continua
Número de Caso:
TS-13125
Año:
2013
Fecha:
22 de abril de 2013
El Tribunal Supremo de Puerto Rico atendió el caso de la licenciada Rosaura Rivera Trani (TS-13125). La materia se relaciona con su conducta profesional y el incumplimiento con los requisitos de educación jurídica continua (EJC). La abogada no completó los créditos obligatorios de EJC para el periodo 2007-2009. La Directora del Programa de EJC informó su incumplimiento y actitud pasiva a pesar de múltiples notificaciones. La licenciada Rivera Trani no respondió a los avisos, no pagó la cuota, no completó los cursos ni compareció a una vista informal. Las notificaciones fueron enviadas a su dirección registrada en el Registro Único de Abogados y Abogadas. El Tribunal determinó que su incumplimiento persistente y falta de respuesta justificaban una acción disciplinaria. La decisión impone una suspensión del ejercicio de la abogacía, efectiva a partir del 25 de mayo de 2013.
| In re: | 2013 TSPR 65 |
|---|---|
| 188 DPR $\qquad$ | |
| Rosaura Rivera Traní |
Número del Caso: TS-13125
Fecha: 22 de abril de 2013
Materia: Conducta Profesional - La suspensión será efectiva a partir del 25 de mayo de 2013, fecha en que se le notificó por correo a la abogada de su suspensión inmediata.
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