Partes:
In re: Carlos W. Pérez Menéndez
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional – Suspensión indefinida del ejercicio de la abogacía por incumplir con requerimientos del Tribunal y requisitos del Programa de Educación Jurídica Continua
Número de Caso:
TS-12855
Año:
2015
Fecha:
2 de diciembre de 2015
El Tribunal Supremo de Puerto Rico sanciona al Lcdo. Carlos W. Pérez Menéndez por incumplir con los requisitos del Programa de Educación Jurídica Continua (PEJC). El abogado no cumplió con los requerimientos del PEJC desde el periodo 2009-2011. A pesar de recibir avisos de incumplimiento y oportunidades para corregir la situación, incluyendo un término de 30 días en 2014 y 20 días para mostrar causa en 2015, el letrado no compareció ni cumplió con las órdenes del Tribunal. Ante su persistente incumplimiento y falta de respuesta, el Tribunal decreta su suspensión de la práctica de la abogacía. La suspensión es efectiva a partir del 29 de diciembre de 2015, fecha en que se le notificó por correo regular. Esta decisión subraya la obligación de los abogados de observar rigurosamente los requerimientos del Tribunal.
| In re: | |
|---|---|
| 2015 TSPR 174 | |
| Carlos W. Pérez Menéndez | 194 DPR |
Número del Caso: TS-12,855
Fecha: 2 de diciembre de 2015
Programa de Educación Jurídica Continua: Lcda. Geisa M. Marrero Martínez Directora
Materia: La suspensión será efectiva el 29 de diciembre de 2015 fecha en que se le notificó al abogado por correo regular de su suspensión inmediata.
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electró...
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