Partes:
In re: José A. Díaz Algarín
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional-Suspensión por no contestar requerimientos del Tribunal ni notificar cambio de dirección conforme al Artículo 7 de la Ley Notarial
Número de Caso:
TS-000010326
Año:
2007
Fecha:
9 de enero de 2007
Procedimiento disciplinario ante el Tribunal Supremo de Puerto Rico contra el licenciado José A. Díaz Algarín por su conducta profesional. La Oficina de Inspección de Notarías (ODIN) informó múltiples incumplimientos en su función notarial. Estos incluyeron la falta de presentación de índices notariales mensuales desde octubre de 2001 y de informes anuales de actividad notarial para varios años. También se señaló que no corrigió una deficiencia en su protocolo notarial de 1995, a pesar de requerimientos reiterados. El licenciado Díaz Algarín tampoco notificó a la ODIN el cambio de dirección de su oficina ni de su número telefónico. Adicionalmente, incumplió con los requerimientos de la ODIN para que expresara su posición y actualizara su expediente. Por otra parte, la Comisión de Ética del Colegio de Abogados informó sobre una queja formal radicada en su contra. Dicha queja alegaba conducta antiética y negligencia en la representación legal de un cliente. Estos señalamientos de la ODIN y del Colegio de Abogados constituyeron la base para la acción del Tribunal Supremo. La suspensión del abogado advino final y firme el 29 de enero de 2007.
| In re: | |
|---|---|
| José A. Díaz Algarín | 2007 TSPR 17 |
| 169 DPR |
Número del Caso: TS-10326 Fecha: 9 de enero de 2007
Comisión de Ética del Colegio de Abogados de Puerto Rico: Lcda. María de Lourdes Rodríguez Oficial Investigadora
Oficina de Inspección de Notarías: Lcda. Carmen H. Carlos Directora
Materia: Conducta Profesional (La suspensión del abogado advino final y firme el día 29 de enero de 2007)
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