Partes:
In re: José Luis Rodríguez Mangual
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional-Suspensión temporera del ejercicio de la notaría por violación a los Artículos 18,19 y 38 de la Ley Notarial y las Reglas 28 y 41 del Reglamento Notarial
Número de Caso:
TS-000002572
Año:
2007
Fecha:
16 de octubre de 2007
El Tribunal Supremo de Puerto Rico revisó un informe de la Oficina de Inspección de Notarías sobre la conducta profesional del notario José Luis Rodríguez Mangual. Se identificaron deficiencias en una escritura de compraventa autorizada por el notario en 1994. La falta principal consistió en autorizar la escritura utilizando un poder otorgado en Estados Unidos que no había sido protocolizado en Puerto Rico al momento de la firma. Esta omisión impidió la inscripción de la compraventa en el Registro de la Propiedad, ya que los poderdantes fallecieron antes de que pudiera ratificarse el acto tras la posterior protocolización del poder. El notario tuvo la oportunidad de expresarse sobre el informe y admitió las faltas señaladas. El Tribunal resolvió el caso sin trámite ulterior, basándose en las deficiencias encontradas y la admisión del notario. Este asunto de conducta profesional resultó en una sanción para el licenciado Rodríguez Mangual. La suspensión de su ejercicio notarial fue efectiva a partir del 22 de octubre de 2007.
In re: 2007 TSPR 184 José Luis Rodríguez Mangual 172 DPR $\qquad$
Número del Caso: TS-2572 Fecha: 16 de octubre de 2007
Abogado de la Parte Peticionaria:
Por Derecho Propio
Oficina de Inspección de Notarías:
Lcda. Marla D. Ríos Díaz
Materia: Conducta Profesional (La suspensión será efectiva el 22 de octubre de 2007 fecha en que se le notificó al abogado de su suspensión inmediata.)
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