Partes:
APONTE VELLON, CANDIDO V. D DE CORRECCION Y REHABILITACION
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLRX202400008
Año:
2024
Fecha:
10 de junio de 2024
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en el caso de Cándido O. Aponte Vellón contra el Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR). El peticionario, un confinado, presentó un recurso de mandamus solicitando que se ordenara al DCR adjudicar una apelación que había sometido previamente. El tribunal aceptó su solicitud de In Forma Pauperis. Tras evaluar el escrito y la evidencia, el tribunal procedió a desestimar el recurso de mandamus. La sentencia explica que el mandamus es un recurso extraordinario que solo procede para exigir el cumplimiento de un deber ministerial, no discrecional. Se requiere una interpretación judicial para determinar si un deber es ministerial, más allá de la letra de la ley. Este recurso solo está disponible cuando no existe un remedio ordinario adecuado y se hizo un requerimiento previo que no fue atendido. El tribunal subraya que el mandamus debe usarse con cautela en situaciones excepcionales. La desestimación se fundamenta en los requisitos legales para la procedencia del mandamus.
| Cándido O. Aponte Vellón | Recurso | |
|---|---|---|
| Peticionario | Extraordinario | |
| vs. | KLRX202400008 | procedente del Departamento de |
| Departamento de | Corrección y | |
| Corrección y | Rehabilitación | |
| Rehabilitación | Civil Núm.: | |
| Recurrida | Sobre: |
Panel integrado por su presidente, el Juez Rivera Colón, el Juez Monge Gómez y el Juez Cruz Hiraldo.
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