Partes:
RIVERA MORALES, JAVIER V. D DE CORRECCION Y REHABILITACION
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLRX202000006
Año:
2020
Fecha:
29 de julio de 2020
Un confinado presentó un recurso de mandamus ante el Tribunal de Apelaciones solicitando que se ordenara al Departamento de Corrección y Rehabilitación su remoción de custodia protectiva y su ingreso a la población general. El Departamento se opuso, argumentando que el peticionario no agotó los remedios administrativos, que no existía un deber ministerial y que el recurso presentaba defectos formales. El Tribunal explicó que el mandamus es un remedio discrecional para hacer cumplir deberes ministeriales claros, no actos discrecionales. Al examinar el recurso, encontró que adolecía de defectos, como la falta de una declaración jurada y documentos que evidenciaran un requerimiento previo a la agencia. Además, determinó que el cambio de custodia de un confinado no constituye un deber ministerial, sino que implica el ejercicio de discreción administrativa por parte de las autoridades carcelarias. Dada la presencia de defectos formales y la ausencia de un deber ministerial, el Tribunal desestimó el recurso de mandamus.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL I | ||
|---|---|---|
| JAVIER RIVERA MORALES | KLRX202000006 | Mandamus |
| Peticionario | ||
| v. | ||
| DEPARTAMENTO DE CORRECCIÓN Y REHABILITACIÓN | Sobre: | |
| Demandado | Violación al Debido Proceso de Ley; Remedios Extraordinarios | |
| Panel integrado por su presidente, el Juez Sánchez Ramos, el Juez Candelaria Rosa y el Juez Pagán Ocasio. | ||
| Candelaria Rosa, Juez Ponente | ||
| SENTENCIA | ||
| En San Juan, Puerto Rico, a 29 de julio de 2020. | ... |
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