Partes:
RIVERA RODRIGUEZ, RICARDO V. OFICINA ADMINISTRACION DE LOS TRIBUNALES
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLRX201500034
Año:
2015
Fecha:
30 de junio de 2015
Ricardo Rivera Rodríguez presentó un escrito solicitando acción sobre una queja que sometió en 2014 ante la Oficina de Administración de los Tribunales (OAT) y que no había sido contestada. Su solicitud fue catalogada como un recurso de mandamus. El panel judicial determinó que no podía conceder el recurso. Se explicó que el mandamus es un remedio extraordinario que requiere el agotamiento de otros recursos y una demanda previa al funcionario responsable. El escrito del peticionario no demostró haber realizado un requerimiento previo a la División Legal de la OAT para que actuara sobre su queja. Además, el escrito no cumplió con otros requisitos procesales para este tipo de recurso. Por incumplir con los fundamentos y requisitos necesarios, se ordenó la desestimación del recurso presentado.
Panel integrado por su presidente, el Juez Brau Ramírez, el Juez Bermúdez Torres, el Juez Flores García y el Juez Sánchez Ramos.
En San Juan, Puerto Rico, a 30 de junio de 2015. El peticionario Ricardo Rivera Rodríguez comparece mediante un breve escrito. Señala que en junio de 2014 sometió una queja contra varios jueces en la Oficina de Administración de los Tribunales, la que fue referida a la Oficina Legal de la O.A.T. en noviembre de 2014. El peticionario plantea que, a pesar del tiempo transcurrido, no se ha contestado su querella.
Su solicitud ha sido catalogada como u...
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