Partes:
QUIÑONES SANTIAGO, LUIS HIRAM V. D DE CORRECCION Y REHABILITACION
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLRA202500270
Año:
2025
Fecha:
23 de mayo de 2025
El Tribunal de Apelaciones desestimó el recurso de revisión judicial presentado por Luis Hiram Quiñones Santiago contra el Departamento de Corrección y Rehabilitación. Quiñones Santiago solicitó la exención de aranceles, una copia del recurso, que se declarara ha lugar su apelación y el debido mantenimiento de las consolas de aire acondicionado en la Institución Guayama 1000. El Tribunal determinó que el recurso fue presentado prematuramente, careciendo de jurisdicción para atenderlo. Se enfatizó que la jurisdicción sobre la materia es un requisito insubsanable y que un recurso prematuro no produce efectos jurídicos al no existir una autoridad judicial o administrativa para acogerlo en el momento de su presentación. La Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme establece que la revisión judicial aplica únicamente a órdenes, resoluciones y providencias adjudicativas finales de las agencias. Dado que el recurrente manifestó no haber recibido respuesta a sus solicitudes de remedio administrativo, no existía una decisión administrativa final que pudiera ser revisada por el Tribunal de Apelaciones. Por tanto, el Tribunal procedió a desestimar el recurso conforme a su Reglamento.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL V | ||
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| LUIS HIRAM QUIÑONES SANTIAGO Recurrente v. DEPARTAMENTO DE CORRECCIÓN Y REHABILITACIÓN Recurrido | KLRA202500270 | Revisión Judicial Procedente del Departamento de Corrección y Rehabilitación Caso Núm.: GMA 1000-313-25 Sobre: Remedio Administrativo |
Panel integrado por su presidente el Juez Hernández Sánchez, el Juez Bonilla Ortiz y la Jueza Mateu Meléndez.
Mateu Meléndez, Jueza Ponente
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