Partes:
CARRION TORRES, RAMIRO V. SISTEMA RETIRO DE LA UNIVERSIDAD DE PR
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLRA202500050
Año:
2025
Fecha:
24 de marzo de 2025
Ramiro Carrión Torres, exempleado de la UPR, solicitó la revisión del cómputo de su pensión de retiro. El Sistema de Retiro le acreditó 29.50 años de servicio, lo que Carrión Torres impugnó, alegando que se le había informado previamente que tenía 30 años. Tras apelar sin éxito ante la Junta de Retiro, que declaró No Ha Lugar su reclamación en diciembre de 2024, Carrión Torres acudió al Tribunal de Apelaciones. Presentó un recurso de revisión administrativa contra la Resolución de la Junta de Retiro. El Sistema de Retiro argumentó que el recurso fue radicado tardíamente, por lo que el tribunal carecía de jurisdicción. Sin embargo, el Tribunal de Apelaciones, en Sentencia del 24 de marzo de 2025, desestimó el recurso. La desestimación se fundamentó en la falta de jurisdicción del tribunal por considerar que el recurso fue presentado de forma prematura.
| ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL VII | ||
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| RAMIRO CARRIÓN TORRES Recurrente v. SISTEMA DE RETIRO UPR JUNTA DE RETIRO Recurrido | KLRA202500050 | REVISIÓN ADMINISTRATIVA procedente del Sistema de Retiro de la UPR Caso Núm.: 1255369 Sobre: Revisión de Cómputo de Pensión Adjudicada |
Panel integrado por su presidenta, la Juez Domínguez Irizarry, el Juez Ronda Del Toro y el Juez Pérez Ocasio
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