Partes:
GONZALEZ VIGO, LUIS F V. JUNTA DE LIBERTAD BAJO PALABRA
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLRA202500043
Año:
2025
Fecha:
24 de marzo de 2025
Comparece ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico Luis F. González Vigo para solicitar la revisión administrativa de una resolución de la Junta de Libertad Bajo Palabra. Dicha resolución, emitida el 24 de octubre de 2024, denegó la concesión del privilegio de libertad bajo palabra a González Vigo. La Junta fundamentó su decisión en que el recurrente no contaba con un plan de salida viable, específicamente en cuanto a la vivienda propuesta, el amigo consejero y la oferta de empleo, al no cumplir con el requisito de la zona de exclusión de 30 millas de distancia de la parte perjudicada. González Vigo alegó que la Junta actuó de forma arbitraria e irrazonable al denegar la libertad basándose en estos criterios y que se violó el debido proceso de ley al no notificarle el requisito de la zona de exclusión. Tras considerar las comparecencias de las partes, incluyendo la posición del Procurador General, el Tribunal procede a resolver el recurso. Por los fundamentos expuestos en la sentencia, el Tribunal de Apelaciones confirma la Resolución recurrida de la Junta de Libertad Bajo Palabra.
| ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL ESPECIAL | ||
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| LUIS F. GONZÁLEZ VIGO Recurrente V. JUNTA DE LIBERTAD BAJO PALABRA Recurrido | KLRA202500043 | REVISIÓN ADMINISTRATIVA procedente de Junta de Libertad Bajo Palabra Caso Núm.: 147319 Confinado Número: T2-17342 Sobre: No Concesión del Privilegio de Libertad Bajo Palabra - Reconsideración Volver a Considerar |
| Panel integrado por su presidenta, la Jueza Brignoni Mártir, el Juez Candelaria Rosa, la Jueza Álvarez Esnard y la Jueza Dí... |
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