Partes:
PILLOT OCASIO, CARLOS V. JUNTA DE LIBERTAD BAJO PALABRA
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLRA202500016
Año:
2025
Fecha:
9 de mayo de 2025
El Tribunal de Apelaciones revisa una Resolución de la Junta de Libertad Bajo Palabra (JLBP) que revocó el privilegio de libertad bajo palabra del Sr. Carlos Pillot Ocasio. El recurrente había disfrutado de este privilegio desde marzo de 2022, condicionado a su permanencia en el programa UPENS. La JLBP emitió una orden de arresto en junio de 2024, alegando que el Sr. Pillot había abandonado el programa, violando así varias condiciones de su mandato.
Tras una vista sumaria inicial, se encontró causa probable por la violación de las condiciones 12 y 18, relacionadas con la permanencia en el programa y la compatibilidad de la libertad bajo palabra con el bienestar público. En la vista final, el Sr. Pillot argumentó haber finalizado el programa en septiembre de 2023 y tener permiso para salir periódicamente. Sin embargo, la JLBP, mediante Resolución del 6 de noviembre de 2024, determinó revocar su libertad bajo palabra. El Tribunal de Apelaciones, tras analizar los fundamentos, confirma el dictamen de la Junta de Libertad Bajo Palabra.
| ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL V | ||
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| CARLOS PILLOT OCASIO Recurrente v. JUNTA DE LIBERTAD BAJO PALABRA Recurrido | KLRA202500016 | REVISIÓN ADMINISTRATIVA procedente de Junta de Libertad Bajo Palabra Caso Núm.:60496 Sobre: Libertad Bajo Palabra |
Panel integrado por su presidente, el Juez Hernández Sánchez, el Juez Bonilla Ortiz y la Jueza Mateu Meléndez. Bonilla Ortiz, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 9 de mayo de 2025...
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