Partes:
CUADRADO RIVERA, ADALBERTO V. JUNTA DE LIBERTAD BAJO PALABRA
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLRA202400689
Año:
2025
Fecha:
22 de enero de 2025
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico confirmó la resolución de la Junta de Libertad Bajo Palabra que denegó el privilegio de libertad bajo palabra a Adalberto Cuadrado Rivera. El recurrente fue sentenciado a veinte años por asesinato en segundo grado y a tres años y un día por violencia doméstica. Cuadrado Rivera solicitó la revisión de la decisión de la Junta, emitida en octubre de 2024. La Junta evaluó su expediente, considerando factores como no tener casos pendientes y estar en custodia mínima. Sin embargo, la denegación se basó principalmente en la falta de un plan de salida estructurado y viable de vivienda. También se tomó en cuenta la certificación de patrones adictivos, la evaluación psicológica y la aparente falta de arrepentimiento por el delito de asesinato. A pesar de haber completado un taller sobre violencia y haberse beneficiado previamente de un pase extendido por salud, la Junta determinó que no procedía la concesión del privilegio. El Tribunal de Apelaciones, tras revisar los fundamentos, resolvió confirmar la decisión recurrida.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL XII | ||
|---|---|---|
| ADALBERTO CUADRADO RIVERA | KLR | Revisión Administrativa Procedente de la Junta de Libertad Bajo Palabra |
| Recurrente | KLRA202400689 | Caso Núm.: 148496 |
| JUNTA DE LIBERTAD BAJO PALABRA | Sobre: NO CONCESIÓN DEL PRIVILEGIO DE LIBERTAD BAJO PALABRA - VOLVER A CONSIDERAR | |
| Recurridos | Panel integrado por su presidenta, la Jueza Grana Martínez, el Juez Candelaria Rosa, la Jueza Rivera Pérez y la Jue... |
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