Partes:
TRINIDAD JORGE, JOSE R V. JUNTA DE LIBERTAD BAJO PALABRA
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLRA202400652
Año:
2025
Fecha:
5 de febrero de 2025
El Tribunal de Apelaciones revisó la decisión de la Junta de Libertad bajo Palabra que denegó el privilegio de libertad bajo palabra al confinado José R. Trinidad Jorge. El señor Trinidad Jorge, quien cumple una extensa sentencia por delitos graves, impugnó la resolución de mayo de 2024. La Junta denegó la solicitud al considerar que no era un buen candidato en ese momento y carecía de un plan de salida verificado. No obstante, la Junta dispuso que el caso sería reconsiderado en mayo de 2025, condicionado a la presentación de un informe de ajuste y progreso con el plan de salida verificado. El recurrente presentó una moción de reconsideración ante la Junta, detallando su propuesta de residencia y amigo consejero, la cual no fue actuada. Posteriormente, acudió al Tribunal de Apelaciones argumentando violación al debido proceso. El Tribunal, aplicando el principio de deferencia a las decisiones administrativas, examinó el recurso de revisión judicial. Finalmente, el Tribunal de Apelaciones confirmó la Resolución recurrida de la Junta de Libertad bajo Palabra.
| ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL III | ||
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| JOSÉ R. TRINIDAD JORGE Parte Peticionaria | KLRA202400652 | Revisión Judicial, procedente de la Junta de Libertad bajo Palabra Caso Núm.: 61369 Confinado Núm. 1-63900 Sobre: No concesión del privilegio de Libertad bajo Palabra - volver a considerar |
| JUNTA DE LIBERTAD BAJO PALABRA Parte Recurrida |
Panel integrado por su presidente, el Juez Figueroa Cabán, el Juez Salgado Schwarz y el Juez Monge Gómez....
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