Partes:
ROMERO ROSA, PEDRO A V. JUNTA DE LIBERTAD BAJO PALABRA
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLRA202400596
Año:
2024
Fecha:
31 de octubre de 2024
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico desestimó un recurso de revisión administrativa presentado por Pedro Amado Romero Rosa contra la Junta de Libertad Bajo Palabra. Romero Rosa, un confinado, solicitó la revisión de una decisión de la Junta relacionada con su petición de libertad bajo palabra. Alegó haber sido sancionado sin vista, un cambio en su nivel de custodia y problemas con el proceso de evaluación de su hogar propuesto. Sin embargo, el recurrente no identificó la fecha de la determinación específica de la Junta que deseaba impugnar. Tampoco incluyó documentos que respaldaran su solicitud de revisión. El Tribunal determinó que carecía de jurisdicción para atender el recurso. La jurisdicción del Tribunal de Apelaciones en revisiones administrativas se limita a decisiones finales de agencias. Al no haberse identificado una decisión final específica y documentada, el Tribunal no pudo ejercer su competencia revisora. Por tanto, el recurso fue desestimado por falta de jurisdicción.
| ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL VII | ||
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| PEDRO AMADO ROMERO ROSA Recurrente v. JUNTA DE LIBERTAD BAJO PALABRA Recurrido | KLRA202400596 | REVISIÓN ADMINISTRATIVA procedente de la Junta de Libertad Bajo Palabra Caso Núm.: 133000 Confinado Núm.: T4- 29427 Sobre: Decisión de la Junta de Libertad bajo Palabra |
Panel integrado por su presidenta, la Juez Domínguez Irizarry, el Juez Ronda Del Toro y el Juez Pérez Ocasio
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