Partes:
CRESPO MORALES, JUAN M V. JUNTA DE LIBERTAD BAJO PALABRA
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLRA202400557
Año:
2024
Fecha:
14 de noviembre de 2024
Juan M. Crespo Morales, un confinado con una sentencia consolidada de 594 años por varios delitos graves, solicitó el privilegio de libertad bajo palabra. La Junta de Libertad Bajo Palabra evaluó su caso y le denegó la solicitud mediante Resolución. La Junta fundamentó su decisión en la inviabilidad de la vivienda propuesta, la necesidad de una evaluación psicológica actualizada y la observación de su ajuste en custodia mínima. También señaló que el confinado negaba la comisión de los delitos. El señor Crespo Morales presentó una Moción de Reconsideración ante la Junta, la cual fue declarada No Ha Lugar. Inconforme, el recurrente acudió al Tribunal de Apelaciones mediante Revisión Administrativa. Alegó que la Junta erró al denegar su solicitud de forma arbitraria y caprichosa, violando su derecho a la rehabilitación y al debido proceso. El Tribunal de Apelaciones, tras revisar el caso, emitió una Sentencia. Por los fundamentos expuestos, el Tribunal decidió revocar la Resolución emitida por la Junta de Libertad Bajo Palabra.
| ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL XII | ||
|---|---|---|
| JUAN M. CRESPO MORALES Recurrente V. | KLRA202400557 | REVISIÓN ADMINISTRATIVA procedente de la Junta de Libertad Bajo Palabra |
| JUNTA DE LIBERTAD BAJO PALABRA | Caso Núm.: 147941 Sobre: CONSIDERACIÓN LIBERTAD BAJO PALABRA | |
| Recurrida | Panel integrado por su presidenta, la Jueza Grana Martínez, el Juez Candelaria Rosa, la Jueza Rivera Pérez y la Jueza Díaz Rivera. |
Díaz Rivera, Jueza Ponente.
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