Partes:
DEL TORO CORDERO, JACKELINE V. MUNICIPIO DE PONCE
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLRA202400544
Año:
2024
Fecha:
8 de noviembre de 2024
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un recurso de revisión administrativa. Jackeline del Toro Cordero impugna la desestimación de su apelación por la Comisión Apelativa del Servicio Público (CASP). La CASP desestimó la apelación de la Sra. Del Toro Cordero contra una amonestación escrita impuesta por el Municipio de Ponce. La desestimación se fundamentó en que la CASP consideró que la apelación fue radicada fuera del término legal de 30 días. La CASP determinó que, aunque la apelación se presentó electrónicamente a tiempo, el original físico se radicó tardíamente según su reglamento. La recurrente alegó que la CASP erró al desestimar su caso por extemporaneidad. El Tribunal de Apelaciones resolvió revocar la Resolución de la CASP. Se concluye que la desestimación por extemporaneidad fue incorrecta. El caso es devuelto a la CASP para que continúe con los procedimientos sobre el fondo de la apelación original.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL XII | ||
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| JACKELINE DEL TORO CORDERO Recurrente v. MUNICIPIO DE PONCE Recurridos | KLRA202400544 | Revisión Administrativa Procedente de la Comisión Apelativa del Servicio Público Caso Núm.: 2024-05-0152 Sobre: RETENCIÓN |
Panel integrado por su presidenta, la Jueza Grana Martínez, el Juez Candelaria Rosa, la Jueza Rivera Pérez y la Jueza Díaz Rivera.
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