Partes:
ORTIZ FEBUS, EDGARDO L V. JUNTA DE LIBERTAD BAJO PALABRA
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLRA202400500
Año:
2024
Fecha:
15 de noviembre de 2024
El Panel de Jueces revisa una Resolución de la Junta de Libertad Bajo Palabra que denegó la reconsideración de Edgardo Ortiz Febus para obtener dicho privilegio. El recurrente cumple una sentencia de 47 años por homicidio y ley de armas, habiendo cumplido el mínimo de sentencia en diciembre de 2021. Desde enero de 2023, se encuentra en pase extendido con supervisión electrónica por condición de salud. La Junta denegó inicialmente la libertad bajo palabra en febrero de 2024, argumentando que Ortiz no aceptaba la comisión del delito ni mostraba arrepentimiento, a pesar de su clasificación de custodia mínima, buen ajuste y plan de salida. Ortiz solicitó reconsideración, destacando su excelente conducta, rehabilitación y permanencia en la comunidad. Un documento interno de la Junta posterior a la denegación inicial indicó que, por error, se le notificó una denegación cuando debió ser una concesión. Por estos fundamentos, el Tribunal REVOCA el dictamen administrativo recurrido.
Panel integrado por su presidente, el Juez Hernández Sánchez, el Juez Bonilla Ortiz y la Jueza Mateu Meléndez. Bonilla Ortiz, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 15 de noviembre de 2024. Comparece ante este foro, el Sr. Edgardo Ortiz Febus (señor Ortiz o "el recurrente") representado por la Sociedad para Asistencia Legal (SAL), y nos solicita que revisemos una Resolución emitida por la Junta de Libertad Bajo palabra (JLBP o Junta) el 15 de agosto de 2024, notificada el 16 de agosto de 2024. Mediante el referido dictamen, la Junta declaró No Ha Lugar la solicitud en recons...
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