Partes:
COMISIONADO DE SEGUROS DE PUERTO RICO V. MAPFRE PRAICO INSURANCE COMPANY
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLRA202400466
Año:
2024
Fecha:
25 de octubre de 2024
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico revisando una Resolución de la Oficina del Comisionado de Seguros (OCS). MAPFRE Praico Insurance Company recurrió la decisión de la OCS que denegó su moción de desestimación en un procedimiento administrativo. Este procedimiento se inició por una solicitud de investigación del señor Clyde Fasick Juliá. El señor Fasick Juliá impugnó la denegación por parte de MAPFRE de una reclamación bajo una póliza de seguro de viaje. La reclamación se basó en la cancelación del viaje debido a la hospitalización de emergencia del asegurado dos días antes de la fecha de salida. MAPFRE denegó el pago argumentando que la emergencia médica ocurrió antes de la vigencia del seguro y que la notificación de la reclamación fue tardía. La OCS, tras investigar, concluyó que la denegatoria de MAPFRE no se realizó de buena fe. La Resolución recurrida por MAPFRE fue la que declaró No Ha Lugar su moción de desestimación ante la OCS. El Tribunal de Apelaciones, al revisar el recurso, confirma la Resolución de la OCS.
Panel integrado por su presidenta; la Juez Lebrón Nieves, la Jueza Romero García y el Juez Rivera Torres
Lebrón Nieves, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 25 de octubre de 2024. El 22 de agosto de 2024, compareció ante este Tribunal de Apelaciones, MAPFRE Praico Insurance Company (en adelante, MAPFRE o parte recurrente), mediante Recurso de Revisión Judicial. Por medio de este, nos solicita que revisemos la Resolución emitida el 14 de junio de 2024, y notificada el 17 de junio de 2024 por la Oficina del Comisionado de Seguros de Puerto Rico (en adelante, OCS o parte rec...
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