Partes:
PASTOR JIMENEZ, EDET V. D DE CORRECCION Y REHABILITACION
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLRA202400411
Año:
2024
Fecha:
22 de octubre de 2024
Comparece ante el Tribunal de Apelaciones un recurrente solicitando la revisión de una respuesta del Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR). El recurrente buscaba una certificación laboral necesaria para obtener bonificaciones a su sentencia bajo la Ley 66-2022 por trabajos realizados en un programa comunitario. Alegó que el DCR no había emitido la certificación tras más de un año de espera, informándole que aún estaba en proceso. El recurrente solicitó al tribunal revocar la respuesta del DCR y ordenar la emisión de la certificación. El DCR compareció oponiéndose, argumentando que el tribunal carecía de jurisdicción. La falta de jurisdicción se basó en que el recurso fue presentado tardíamente y no se pagó el arancel judicial ni se solicitó litigar como indigente. El Tribunal de Apelaciones evaluó las comparecencias de ambas partes. Mediante sentencia, el tribunal desestimó el recurso presentado por el recurrente. La desestimación se fundamentó en la falta de jurisdicción, conforme a la Regla 83 del Reglamento del Tribunal de Apelaciones.
Panel integrado por su presidenta, la Jueza Grana Martínez, el Juez Candelaria Rosa, la Jueza Rivera Pérez y la Jueza Díaz Rivera.
Grana Martínez, Jueza Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 22 de octubre de 2024. Comparece ante nos, el señor Edet Pastor Jiménez (en adelante, recurrente), mediante el presente recurso de revisión judicial, el cual intituló Solicitud de Revisión Administrativa y en Auxilio de Jurisdicción. En éste, nos solicita revocar la "Respuesta de Reconsideración al Miembro de la Pobl...
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