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Casos/Tribunal de Apelaciones/KLRA202400353

SANTIAGO CONDE, ROSA BLANCA V. JUNTA DE DIRECTORES COND ASHFORD 890

Tribunal de Apelaciones

Información del Caso

Partes:

SANTIAGO CONDE, ROSA BLANCA V. JUNTA DE DIRECTORES COND ASHFORD 890

Ponente:

—

Materia:

—

Detalles Técnicos

Número de Caso:

KLRA202400353

Año:

2024

Fecha:

20 de agosto de 2024

Resumen

Se revisa una Resolución del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) que declaró "No Ha Lugar" una Querella presentada por una titular de condominio. La querellante impugnó decisiones de una asamblea de titulares, específicamente la aprobación simultánea de una reparación y una modernización para el mismo elevador, junto con una derrama asociada. Argumentó que la aprobación de ambas obras era contradictoria y nula, y que el condominio no debía incurrir en gastos sin garantía mientras imponía una derrama cuantiosa. La Junta de Directores del Condominio Ashford 890 negó las alegaciones, afirmando que las obras fueron aprobadas legalmente. DACO, tras una vista administrativa, estableció que la asamblea aprobó tanto la reparación por hasta $30,000 como la modernización por $140,000, financiada esta última con una derrama de nueve meses. La querellante votó en contra de estas propuestas, pero fueron aprobadas por mayoría. A pesar de que la reparación ya se había realizado, la querellante mantuvo su argumento sobre la contradicción de aprobar ambos trabajos simultáneamente. DACO desestimó la querella. El tribunal, al revisar la decisión de DACO, confirma la Resolución recurrida.

Contenido del Caso

Panel integrado por su presidente, el juez Figueroa Cabán, el juez Bonilla Ortiz, la jueza Mateu Meléndez y la jueza Prats Palerm

Figueroa Cabán, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 20 de agosto de 2024. Comparece Rosa Blanca Santiago Conde, en adelante la señora Santiago o la recurrente, y solicita que revisemos una Resolución emitida por el Departamento de Asuntos del Consumidor, en adelante DACO. Mediante dicho dictamen, se declaró "No Ha Lugar" la Querella y se ordenó su cierre y archivo.

Por los fundamentos que expondremos a continuación, se confirma la Resolución ...

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