Partes:
CAMPOS VELEZ, SONAIRA V. TRIPLE-S ADVANTAGE, INC
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLRA202400292
Año:
2024
Fecha:
9 de agosto de 2024
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico revisó una Resolución y Orden Parcial de la Oficina de Mediación y Adjudicación (OMA) sobre un caso de despido injustificado. La reclamación fue presentada por Sonaira Campos Vélez contra Triple-S Advantage, Inc. y/o Triple-S Salud, Inc. La OMA declaró Ha Lugar la reclamación contra Triple-S Advantage en rebeldía por falta de contestación. Ordenó a Triple-S Advantage el pago de una mesada de $19,650.99 y la continuación del caso contra Triple-S Salud. Triple-S Advantage y Triple-S Salud apelaron, argumentando que la OMA carecía de jurisdicción sobre Triple-S Advantage. Alegaron que Triple-S Advantage no era el patrono de la querellante, siendo Triple-S Salud quien admitió serlo. Los recurrentes sostuvieron que la OMA erró al emitir una sentencia en rebeldía contra una entidad que no era el empleador. El Tribunal de Apelaciones, por los fundamentos expuestos, revocó la Resolución y Orden Parcial recurrida.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL VI | ||
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| SONAIRA CAMPOS VÉLEZ Recurrida v. TRIPLE-S ADVANTAGE, INC. Y/O TRIPLE-S SALUD, INC. Recurrente | KLRA202400292 | REVISIÓN ADMINISTRATIVA procedente de la Oficina de Mediación y Adjudicación (OMA) del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos de Puerto Rico Caso núm.: AC-22-171 Sobre: Despido Injustificado (Ley núm. 80-1976) |
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