Partes:
OFICINA DE ETICA GUBERNAMENTAL V. SOTO RIVERA, JOSE HIRAM
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLRA202300267
Año:
2024
Fecha:
29 de febrero de 2024
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico revisando una decisión administrativa de la Oficina de Ética Gubernamental (OEG). El recurrente, José Hiram Soto Rivera, Alcalde de Adjuntas, solicitó revocar la resolución de la OEG que lo encontró responsable de violaciones a la Ley de Ética Gubernamental (Ley Núm. 1-2012). La OEG imputó al Alcalde infringir los artículos 4.2(s) y 4.3(d) de dicha ley. Las violaciones se relacionan con el otorgamiento de dos contratos y dos enmiendas a FERCON LLC, representada por Roberto Fernandini Torré. El señor Fernandini Torré es sobrino del Director de Obras Públicas del Municipio, nombrado por el Alcalde. La OEG determinó que estos contratos fueron otorgados sin la consulta previa requerida por ley, configurando cuatro violaciones. Por estas infracciones, la OEG impuso multas al Alcalde. Tras evaluar el recurso de revisión judicial, el Tribunal de Apelaciones confirmó la Resolución emitida por la Oficina de Ética Gubernamental.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL ESPECIAL | ||
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| OFICINA DE ETICA GUBERNAMENTAL Recurrida V. JOSE HIRAM SOTO RIVERA Recurrente | KLRA202300267 | Revisión de Decisión Administrativa procedente de la Oficina de Ética Gubernamental Caso Núm.: 23-06 Sobre: Violación a los Artículos 4.2 |
(s) y 4.3
(d) de la Ley Orgánica de la Oficina de Ética Gubernamental de Puerto Rico, Ley
Núm. 1-2012, según enmendada |
Panel integrado por su presidenta la Juez Lebrón Nieves, el Jue...
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