Partes:
GARCIA VEGA, PABLO E V. D DE CORRECCION Y REHABILITACION
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLRA202100232
Año:
2021
Fecha:
12 de octubre de 2021
Sentencia de un panel judicial sobre un recurso de revisión presentado por el Sr. Pablo E. García Vega contra una resolución de la Junta de Libertad bajo Palabra (JLBP). La resolución de la JLBP, notificada el 10 de mayo de 2021, denegó la libertad bajo palabra al recurrente. Sin embargo, la JLBP pospuso una nueva consideración del caso para noviembre de 2021, pendiente de información adicional del Departamento de Corrección. Sorprendentemente, el recurrente solicitó en su recurso la confirmación de dicha resolución de la JLBP. Además, el recurrente no formuló señalamientos de error atribuibles a la JLBP en su apelación. El Departamento de Corrección, representado por el Procurador General, solicitó la desestimación del recurso. Argumentó que el foro carecía de jurisdicción porque el recurrente no impugnó la decisión ni alegó errores, y el recurso era prematuro al solicitar la confirmación. El tribunal acogió el argumento del Procurador General. Por tanto, el recurso fue desestimado por falta de jurisdicción.
Panel integrado por su presidenta, la Jueza Birriel Cardona, el Juez Bonilla Ortiz y la Jueza Cortés González.
Bonilla Ortiz, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 12 de octubre de 2021. Comparece ante este foro -por derecho propio y en forma pauperis-1 el Sr. Pablo E. García Vega (señor García Vega o "el recurrente"). Mediante el recurso de epígrafe, solicita la revisión de una Resolución emitida por la Junta de Libertad bajo Palabra (JLBP), la cual fue notificada y archivada en autos el 10 de mayo de 2021.
Por los fundamentos que se exponen a continuación, DESESTIMAMOS ...
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