Partes:
COLEGIO DE TECNICOS Y MECANICOS AUTOMOTR V. E L A DE PR
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLRA202100022
Año:
2021
Fecha:
23 de febrero de 2021
El Colegio de Técnicos y Mecánicos Automotrices de Puerto Rico (CTMAPR) presentó un recurso de revisión judicial ante el Tribunal de Apelaciones. El recurso buscaba impugnar la validez del Reglamento Núm. 9250 aprobado por la Junta Examinadora de Técnicos y Mecánicos Automotrices (JETMA). El CTMAPR alegó que la JETMA erró al aprobar el reglamento sin ofrecer una audiencia previa, en contravención a la ley aplicable. El Gobierno de Puerto Rico, en representación de la JETMA, solicitó la desestimación del recurso. Argumentó que el recurso fue presentado antes de la fecha de vigencia del reglamento impugnado. El Tribunal de Apelaciones consideró que las cuestiones de jurisdicción deben resolverse con preferencia. Un recurso presentado prematuramente carece de eficacia y priva al tribunal de jurisdicción. La Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme establece un término para impugnar reglamentos que comienza después de su fecha de vigencia. Dado que el recurso se presentó antes de la entrada en vigor del Reglamento Núm. 9250, el Tribunal concluyó que carece de jurisdicción. Por lo tanto, procede la desestimación del recurso.
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