Partes:
GUTIERREZ NAVARRO, JULIO R V. D DE CORRECCION Y REHABILITACION
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLRA202000383
Año:
2020
Fecha:
30 de noviembre de 2020
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico conoció de un recurso de revisión judicial presentado por Julio R. Gutiérrez Navarro contra el Departamento de Corrección y Rehabilitación. El recurrente impugnaba una aparente decisión administrativa sobre su nivel de custodia. Sin embargo, el recurrente omitió anejar al recurso la decisión administrativa objeto de la revisión. El Tribunal enfatizó la obligación de las partes de cumplir rigurosamente con las reglas para perfeccionar los recursos apelativos, incluyendo la presentación de los documentos requeridos. La Regla 59(E) del Reglamento del Tribunal de Apelaciones exige incluir la orden o resolución administrativa impugnada en el apéndice. La ausencia de este documento impide al Tribunal corroborar su jurisdicción y revisar los méritos de la controversia. Esta deficiencia se considera sustancial y acarrea la desestimación del recurso. Por lo tanto, al no haberse perfeccionado el recurso conforme al ordenamiento, el Tribunal desestimó la causa por falta de jurisdicción.
| ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL VII | ||
|---|---|---|
| JULIO R. GUTIÉRREZ NAVARRO Recurrente v. DEPARTAMENTO DE CORRECCIÓN Y REHABILITACIÓN Recurrido | KLRA202000383 | REVISIÓN procedente del Departamento de Corrección y Rehabilitación |
Panel integrado por su presidenta, la Jueza Cintrón Cintrón, el Juez Rodríguez Casillas y el Juez Rivera Torres.
En San Juan, Puerto Rico, a 30 de noviembre de 2020. El señor Julio R. Gutiérrez Navarro (Recurrente) compareció ante este foro apelativo para que revisemos ...
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