Partes:
DIAZ FIGUEROA, ALEX M V. D DE CORRECCION Y REHABILITACION
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLRA202000348
Año:
2020
Fecha:
28 de octubre de 2020
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico examina una solicitud de revisión contra una decisión del Departamento de Corrección y Rehabilitación. La corte analiza su jurisdicción, destacando la preeminencia de la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme (LPAU) en los procesos administrativos y la revisión judicial. La LPAU desplaza las disposiciones de agencias que impongan requisitos adicionales o distintos para la revisión judicial. Las agencias no pueden establecer requisitos jurisdiccionales mediante reglamento sin autorización expresa en su ley orgánica posterior a 1995. Exigir el agotamiento de remedios administrativos creados solo por reglamento, sin base legal, es un acto ultra vires y nulo. La corte señala que la notificación de la respuesta en reconsideración del Departamento fue defectuosa al no incluir advertencias legales sobre el derecho a revisión judicial y los términos aplicables. La resolución discute estos principios para determinar la procedencia de la revisión judicial.
| ALEX M. DÍAZ FIGUEROA | REVISIÓN | |
|---|---|---|
| Recurrente | procedente del Departamento de Corrección y Rehabilitación | |
| v. | KLRA202000348 | ICG-589-2020 |
| DEPARTAMENTO DE CORRECIÓN Y REHABILITACIÓN | ||
| Recurrido |
Panel integrado por su presidenta, la Jueza Cintrón Cintrón, el Juez Rodríguez Casillas y el Juez Rivera Torres.
En San Juan, Puerto Rico, a 28 de octubre de 2020. Ante este Tribunal de Apelaciones compareció el señor Alex M. Díaz Fi...
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