Partes:
DEL PUEBLO, JUAN V. DEPARTAMENTO DE LA FAMILIA
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLRA202000238
Año:
2020
Fecha:
19 de octubre de 2020
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico revisa una sentencia de la Junta Adjudicativa del Departamento de la Familia. El recurrente impugna la desestimación de su apelación por considerarla tardía. La Junta Adjudicativa determinó que el término de quince días para apelar comenzó a correr desde la fecha del matasello de envío de la notificación de la agencia. Según este cálculo, la apelación del recurrente fue presentada un día después del vencimiento. El recurrente alega que la notificación de la agencia fue defectuosa. Argumenta que solo indicaba que el término corría desde la "fecha de notificación", sin aclarar que se refería a la fecha de envío por correo. Esto le llevó a entender que el término comenzaba al recibir la notificación. La sentencia aborda si la Junta aplicó correctamente el reglamento sobre los términos para apelar y la suficiencia de la notificación de la agencia.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL II | ||
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| JUAN DEL PUEBLO Recurrente v. | KLRA20200238 | REVISIÓN JUDICIAL procedente de la Junta Adjudicativa del Departamento de la Familia Apelación Núm.: 2020PPSF0097 Sobre: Protección de menores. |
| DEPARTAMENTO DE LA FAMILIA Recurrida |
Panel integrado por su presidenta, la Jueza Jiménez Velázquez, la Jueza Romero García y la Juez Méndez Miró.
Jiménez Velázquez, jueza ponente.
En San Juan, Puerto Rico,...
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