Partes:
ESTRADA TORRES, MARIO V. D DE CORRECCION Y REHABILITACION
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLRA202000171
Año:
2020
Fecha:
16 de julio de 2020
Mario Estrada Torres presentó una revisión administrativa contra el Departamento de Corrección y Rehabilitación, alegando la denegación de peticiones de bonificación y falta de respuesta de la agencia. Compareciendo por derecho propio, el recurrente no anejó los documentos esenciales del proceso administrativo, como las peticiones, respuestas de la agencia o la solicitud de revisión a nivel central. El Tribunal de Apelaciones revisa decisiones administrativas finales, pero el recurso debe cumplir estrictamente con los requisitos reglamentarios. La Regla 59(E) del Reglamento del Tribunal exige incluir copia del expediente administrativo relevante para que el tribunal pueda juzgar. El sistema judicial es rogado y el derecho a la revisión no es automático, requiriendo el perfeccionamiento adecuado del recurso. El incumplimiento con las reglas procesales, particularmente la omisión de documentos necesarios, impide al tribunal atender el caso en los méritos. Esta falta constituye un impedimento real y meritorio para la revisión. Por tanto, el incumplimiento reglamentario puede conllevar la desestimación del recurso.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL IV | ||
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| MARIO ESTRADA TORRES Recurrente v. DEPARTAMENTO DE CORRECCIÓN Y REHABILITACIÓN Recurrido | KLRA202000171 | Revisión Administativa procedente del Departamento de Corrección y Rehabilitación |
Panel integrado por su presidenta la Jueza Colom García, el Juez Ramos Torres y la Jueza Soroeta Kodesh
Colom García, Jueza Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 16 de julio de 2020. Mario Estrada Torres [en adelante "Estrada Torres" o recurrente] comparece p...
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