Partes:
OLIVO BATISTA, JOSE V. JUNTA DE LIBERTAD BAJO PALABRA
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLRA202000163
Año:
2020
Fecha:
29 de septiembre de 2020
El Tribunal de Apelaciones revisó la Resolución de la Junta de Libertad Bajo Palabra que denegó el privilegio de libertad bajo palabra a José Olivo Batista. El recurrente cumple una sentencia de 80 años por delitos graves, incluyendo asesinato en segundo grado y robo, siendo elegible para parole desde 2014. La Junta denegó el beneficio en noviembre de 2019. Las razones incluyeron la falta de aceptación en un programa de tratamiento interno, la necesidad de una evaluación psicológica actualizada que atienda factores de riesgo identificados previamente, y la ausencia de un plan de salida viable con oferta de empleo y amigo consejero corroborados. La Junta ordenó reconsiderar el caso en octubre de 2020, condicionando la revisión a la presentación de un plan de salida completo, informes actualizados y certificación de terapias. El recurrente apeló esta decisión ante el Tribunal de Apelaciones. El Tribunal, tras revisar el caso, confirmó la Resolución de la Junta de Libertad Bajo Palabra.
| ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL V | ||
|---|---|---|
| JOSÉ OLIVO BATISTA Recurrente v. | KLRA202000163 | Revisión Administrativa procedente del Departamento de Corrección |
| JUNTA DE LIBERTAD BAJO PALABRA Recurrida | Caso Núm.: 131533 Sobre: No Conceder Privilegio de Libertad bajo Palabra |
Panel integrado por su presidenta, la Jueza Colom García, la Jueza Soroeta Kodesh y el Juez Sánchez Ramos
Soroeta Kodesh, Jueza Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 29 de septiembre de 2020. Mediante un ...
Todo el contenido de Leyes, Casos y Reglamentos es siempre gratis.
Sin tarjeta de crédito