Partes:
RODRIGUEZ RIVERA, MISAEL V. D DE CORRECCION Y REHABILITACION
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLRA202000038
Año:
2020
Fecha:
28 de febrero de 2020
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico sobre un recurso de revisión judicial presentado por Misael Rodríguez Rivera contra el Departamento de Corrección y Rehabilitación. El recurrente impugnaba una sanción disciplinaria impuesta por la agencia. Tras solicitar una reconsideración que fue denegada, el recurrente presentó su recurso de revisión judicial. El Tribunal constató que el recurso fue presentado el 20 de enero de 2020. Sin embargo, la notificación de la denegatoria final de la agencia ocurrió el 12 de febrero de 2020. El Tribunal explica que un recurso de revisión judicial debe presentarse después de recibir la determinación final de la agencia. La presentación previa a dicha notificación constituye un recurso prematuro. Un recurso prematuro adolece de falta de jurisdicción. Por tanto, el Tribunal desestima el recurso por falta de jurisdicción debido a su presentación prematura, aunque acepta la litigación in forma pauperis.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL VII | ||
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| MISAEL RODRÍGUEZ RIVERA Recurrente v. | KLRA202000038 | REVISIÓN JUDICIAL procedente del Departamento de Corrección y Rehabilitación |
| DEPARTAMENTO DE CORRECCIÓN Y REHABILITACIÓN Recurrida | Querella núm.: 215-19-0230 | |
| Panel integrado por su presidenta la Jueza Cintrón Cintrón, el Juez Rodríguez Casillas y el Juez Rivera Torres. | ||
| Rivera Torres, Juez Ponente. | ||
| SENTENCIA | ||
| En San Juan... |
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