Partes:
FRANCO MARIN, JAVIER V. D DE CORRECCION Y REHABILITACION
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLRA202000002
Año:
2020
Fecha:
28 de febrero de 2020
Javier Franco Marín, un confinado, solicitó al Tribunal de Apelaciones revisar la decisión del Departamento de Corrección y Rehabilitación de mantenerlo en custodia mediana. El Comité de Clasificación y Tratamiento y la agencia confirmaron la clasificación basándose en el Reglamento 9033. Dicho reglamento dispone una modificación no discrecional que requiere mantener en custodia mediana a confinados a los que les reste más de quince años para ser elegibles para evaluación por la Junta de Libertad Bajo Palabra. Al Recurrente le restaban 17 años, lo que la agencia consideró un requisito ineludible para la custodia mediana. El Recurrente impugnó la decisión, alegando errores en la interpretación y aplicación de la reglamentación. El Tribunal revisó el recurso, aplicando el estándar de deferencia a las determinaciones de hecho de las agencias administrativas. Concluyó que la confirmación de la decisión impugnada es procedente. La reglamentación aplicable impide clasificar al Recurrente en custodia mínima hasta que le falten 15 años o menos para ser elegible para evaluación por la Junta.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL V | ||
|---|---|---|
| JAVIER FRANCO MARÍN Recurrente v. | KLRA202000002 | Revisión procedente del Departamento de Corrección y Rehabilitación |
| DEPARTAMENTO DE CORRECCIÓN Y REHABILITACIÓN | Caso núm.: B7-38348 | |
| Agencia Recurrida | Sobre: Reclasificación de Custodia |
Panel integrado por su presidenta, la Jueza Colom García, la Jueza Soroeta Kodesh y el Juez Sánchez Ramos.
Sánchez Ramos, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, ...
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