Partes:
PADILLA ALICEA, FERNANDO V. JUNTA DE LIBERTAD BAJO PALABRA
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLRA201900801
Año:
2020
Fecha:
5 de marzo de 2020
Este caso de revisión judicial fue instado por Fernando Padilla Alicea contra la Junta de Libertad Bajo Palabra. El recurrente solicitó al Tribunal de Apelaciones que ordenara a la Junta entregarle la resolución que denegó su libertad bajo palabra. La Junta informó al tribunal que ya había notificado al señor Padilla de dicha resolución con posterioridad a la presentación del recurso. Alegó que, al haberse cumplido el reclamo, el caso se había tornado académico. El Tribunal analizó la doctrina de la controversia académica, que impide a los tribunales adjudicar casos donde el remedio solicitado ya no tendría efecto práctico. Concluyó que, efectivamente, el recurso de Padilla se volvió académico al ser notificado de la resolución. Al no concurrir ninguna de las excepciones a la doctrina, el Tribunal determinó que no se justificaba ejercer su jurisdicción revisora. Por tanto, el Tribunal de Apelaciones desestimó el recurso de revisión administrativa.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL II ¹ | ||
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| FERNANDO PADILLA ALICEA Recurrente v. | KLRA201900801 | REVISIÓN JUDICIAL procedente de la Junta de Libertad Bajo Palabra |
| JUNTA DE LIBERTAD BAJO PALABRA Recurrido | Sobre: Moción sobre resolución de la Junta de Libertad Bajo Palabra. |
Panel integrado por su presidenta, la Jueza Jiménez Velázquez, la Jueza Romero García y la Juez Méndez Miró.
Jiménez Velázquez, jueza ponente.
En San Juan,...
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