Partes:
CARRASQUILLO ROMAN, JOSE V. JUNTA DE LIBERTAD BAJO PALABRA
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLRA201900684
Año:
2020
Fecha:
10 de febrero de 2020
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico revisó la denegatoria de libertad bajo palabra al señor José Carrasquillo Román por parte de la Junta de Libertad Bajo Palabra. El recurrente cumple una sentencia por maltrato conyugal agravado bajo la Ley Núm. 54. La Junta denegó el privilegio tras una vista, a pesar de que el señor Carrasquillo tenía un hogar corroborado, clasificación de custodia mínima y había completado programas de rehabilitación. La decisión de la Junta se basó principalmente en un informe psicológico que reveló factores de riesgo. Estos factores incluían pobre capacidad de introspección, manejo deficiente de emociones, bajo auto concepto y el uso de mecanismos de defensa como justificación y negación del delito. El informe también señaló que el recurrente justificó su agresión como reacción a la de la perjudicada. Aunque una evaluación previa indicó terapia, el informe más reciente sugirió la necesidad de tratamiento psicológico adicional. La Junta concluyó que, a pesar de algunos factores positivos, el recurrente aún no cumplía los criterios para la libertad bajo palabra. El Tribunal de Apelaciones, tras examinar el recurso y la oposición, confirmó la resolución de la Junta que denegó la concesión del privilegio.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL II | ||
|---|---|---|
| JOSÉ CARRASQUILLO ROMÁN Recurrente | KLRA201900684 | REVISIÓN JUDICIAL procedente de la Junta de Libertad Bajo Palabra |
| JUNTA DE LIBERTAD BAJO PALABRA | Caso Núm.: 141931 | |
| Recurrida | Sobre: No conceder privilegio de libertad bajo palabra. |
Panel integrado por su presidenta, la Jueza Jiménez Velázquez, la Jueza Romero García y la Juez Méndez Miró ¹.
Jiménez Velázquez, jueza ponente.
En San Juan, Puerto R...
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