Partes:
MUNICIPIO DE AGUADILLA V. CENTRO RECAUDACION INGRESOS MUNICIPALES
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLRA201900405
Año:
2020
Fecha:
10 de febrero de 2020
El Municipio de Aguadilla presentó un recurso de revisión judicial impugnando una resolución de la Directoría de Urbanismo del DTOP. Dicha resolución concedió al Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM) una dispensa para relocalizar su oficina regional. La oficina del CRIM se trasladaría del centro urbano de Aguadilla a un local privado en Aguada. El Municipio argumentó que esta relocalización violaba la Ley 212-2002, que requiere una dispensa, y afectaba negativamente sus esfuerzos de revitalización urbana. El CRIM buscó la mudanza debido a la inadecuación de su oficina anterior, citando incumplimientos con las regulaciones ADA y OSHA, así como quejas de empleados y contribuyentes. Tras un extenso historial procesal que incluyó acciones judiciales y revisiones administrativas previas, la Directoría de Urbanismo concedió la dispensa, encontrando "justa causa" para la relocalización basándose en las condiciones de la antigua facilidad y la idoneidad de la nueva. El Tribunal de Apelaciones revisó la impugnación del Municipio a esta decisión administrativa. Finalmente, el Tribunal confirmó la resolución recurrida. Esta decisión valida la dispensa otorgada al CRIM, permitiendo la relocalización de su oficina regional.
Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL VIII MUNICIPIO DE AGUADILLA RECURRENTE V.
CENTRO DE RECAUDACIÓN DE INGRESOS MUNICIPALES, DIRECTORÍA DE URBANISMO Y DESARROLLO COMUNITARIO RECURRIDO
Panel integrado por su presidenta, la Jueza Colom García, la Juez Domínguez Irizarry y la Jueza Soroeta Kodesh
Colom García, Jueza Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 10 de febrero de 2020. El Municipio de Aguadilla acude ante nosotros mediante un recurso de revisión judicial y solicita que revoquemos la Resolución emitida por la Directoría de Urbanismo y Desarroll...
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